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03.02.2012
En Entre Ríos se necesitan 3.687 afiliados
La Justicia Electoral advirtió a los partidos sobre los nuevos mínimos de afiliados para no desaparecer
La Cámara Nacional Electoral difundió las cantidades mínimas de afiliados que las agrupaciones políticas de cada distrito necesitan para mantener su personería política y advirtió que de no alcanzar las cifras exigidas tendrán 90 días para regularizar la situación.
"A partir de la última reforma electoral (ley 26.571) los partidos políticos deben tener, permanentemente, una cantidad de afiliados no menor al 0,4 por ciento de los electores del distrito, hasta el máximo de un millón. Es decir que en los distritos más poblados, como Capital Federal o Buenos Aires, un partido no puede tener menos de 4000 miembros", indicaron.

De acuerdo a lo informado, el cumplimiento de este requisito legal es verificado por los jueces federales electorales en febrero de cada año y las agrupaciones que no lo cumplan reciben una intimación para regularizar su situación en un plazo improrrogable de 90 días. Si en ese lapso no consiguen alcanzar el mínimo, se da inicio a un proceso judicial para declarar la caducidad de su personería.

En Entre Ríos, y a octubre de 2011, están reconocidos como partidos políticos, de acuerdo al registro del Ministerio del Interior, el Partido Justicialista, la Unión Cívica Radical, el Frente Grande, la Coalición Cívica; Afirmación para una República Igualitaria; el Partido Socialista, Propuesta Republicana, la Nueva Izquierda, el GEN, el Movimiento por Todos, el Movimiento Social Entrerriano, el Partido Popular de la Reconstrucción y Unión por la Libertad. Entre los que expiraron están el Humanista, el partido Acción por la República, el Partido Unión Provincial, el Partido Disidente y el Nuevo Espacio.

En las elecciones de octubre, hubo en Entre Ríos, un centenar de partidos denominados "activos" por el Tribunal Electoral. Ellos serán los que este febrero deberán asegurar, ante la Cámara, que han sido capaces de contener a sus simpatizantes. Para ello deben mostrar que tienen al menos unos 3.687 afiliados, mientras que en Santa Fe o Buenos Aires son necesarios unos 4 mil.

La Cámara recordó que en su primera aplicación (durante el 2011) debido al incumplimiento de esta nueva exigencia legal, se produjo la caducidad de 26 partidos políticos (de todo el espectro ideológico y diferentes niveles de trayectoria) siendo Buenos Aires, Capital Federal y Chaco los tres distritos con más partidos afectados.

La disposición fue difundida por los jueces Santiago Corcuera, Alberto Dalla Via y Rodolfo Munné, integrantes de la CNE, infoirmó la página digital Recinto Net.

El cumplimiento de este requisito legal es verificado por los jueces federales electorales en febrero de cada año y las agrupaciones que no lo cumplan reciben una intimación para regularizar su situación en un plazo improrrogable de noventa días.

Desde la Oficina de Comunicaciones de la Cámara Electoral, destacaron además que las cantidades de afiliados requeridas en cada distrito para este año pueden consultarse en el sitio web de la Cámara Nacional Electoral: www.pjn.gov.ar o www.electoral.gob.ar.
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